Nuestros vecinos dispuestos a invertir en una propiedad o realizar un emprendimiento se dirigen a su Banco amigo para solicitar un crédito que les permita costear esa aventura, pero ¿qué sucede con aquellas personas que por carecer de recursos no califican para obtener un crédito bancario al no poder pagar la correspondiente tasa de interés?
Los microcréditos consisten en la democratización del capital aseguran en las Fundaciones que trabajan para su desarrollo en nuestro país. Representan la posibilidad para los menos pudientes de convertirse en pequeños emprendedores de inmensa dignidad.
El sistema de microcréditos fue creado por el economista bengalí Muhammad Yunus, quién fue honrado con el Premio Nobel de la Paz por su iniciativa. En 1976 creó el Grameen Bank, entidad que haciendo caso omiso de la seguridad financiera de sus clientes otorgaba préstamos a personas pobres que eran devueltos con un bajísimo interés.
En la Argentina se han establecido sucursales del Grameen Bank y diversas ONGs, Fundaciones y Asociaciones Civiles se encuentran desarrollando esta herramienta para combatir la pobreza.
Recientemente Yunus declaró que en nuestro país la legislación actual no favorece las microfinanzas. Lo cierto es que por el momento contamos con la Ley 26.117 y su Decreto reglamentario: 1305/2006.
La Ley 26.117 “Promoción del microcrédito para el desarrollo de la economía social” tiene como espíritu fortalecer a los grupos en situación de vulnerabilidad social y a las organizaciones sin fines de lucro que trabajan para su bienestar. El programa se encuentra en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social y la norma define al microcrédito como el préstamo destinado a financiar la actividad de emprendimientos individuales o asociativos de la Economía Social, cuyo monto no exceda una suma equivalente a los 12 salarios mínimo, vital y móvil.
Son destinatarios del Programa las personas o grupos asociativos de bajos recursos de no más de 5 miembros unidos por un proyecto común y las Instituciones de Microcrédito. Son consideradas de esta manera las asociaciones sin fines de lucro: asociaciones civiles, cooperativas, mutuales, fundaciones, comunidades indígenas, organizaciones gubernamentales y mixtas, que otorguen microcréditos, brinden capacitación y asistencia técnica a los emprendimientos de la Economía Social.
Desde el punto de vista impositivo, hay exenciones respecto de ganancias, ganancia mínima presunta, al valor agregado, según corresponda para quiénes se involucren en las operaciones de microcréditos.
El capital inicial del Fondo Nacional de Promoción del Microcrédito fue de $100.000.000. Dicho Fondo se compone conforme a la ley por las asignaciones presupuestarias que cada año fije el Congreso y las herencias, donaciones, legados de terceros, cualquier otro título y fondos provenientes de organizaciones y agencias públicas o privadas de cooperación.
Quizás haga falta legislar aún más acerca de las microfinanzas o simplemente esperar que se cumplan los 22 artículos de la ley y su respectiva reglamentación a través de la adopción de políticas públicas.
De artículos periodísticos surge que los préstamos han ayudado a muchas personas a mejorar su calidad de vida. Mujeres que han podido comprarse una máquina de coser para dedicarse a la costura, hombres que han agrandado sus viviendas permitiéndoles alquilar una pieza, comunidades originarias que producen mayor número de artesanías para ser vendidas son algunas de las consecuencias positivas del uso de este sistema.
Si bien no creo en las fórmulas mágicas, considero que los préstamos para emprendedores sociales pueden significar un trascendente paso para que de una vez por todas en materia social los planes jefes y jefas de hogar, subsidios por desempleo y todo tipo de métodos clientelísticos utilizados para captar electores cedan su lugar a un mecanismo justo que busca incentivar el trabajo y la cultura del esfuerzo a través de la generación de microemprendimientos. Claramente los préstamos deben ir acompañados de una capacitación técnica elemental previa. También es menester que el receptor del préstamo sea responsable y lo utilice en su emprendimiento de manera que con parte de la ganancia obtenida pueda devolver el monto y requerir un nuevo préstamo para desarrollar su actividad.
La Asociación Civil Mujeres 2000 trabaja con grupos de mujeres en base al concepto de responsabilidad solidaria. Esto es, hasta que todas las mujeres miembros del grupo no devuelvan el 80% de lo que les fuere prestado, ninguna podrá solicitar un nuevo préstamo.
A quienes les haya interesado este tema abajo encontrarán links de asociaciones que trabajan para el desarrollo de las capacidades humanas y el capital social y artículos analizando ventajas y desventajas de las microfinanzas.
CF
Andares: www.fundacionandares.org
Radim: www.reddemicrocredito.org
Mujeres 2000: www.mujeres2000.org.ar
Fundación Progresar: www.fundacionprogresar.org
FIE: www.fiegranpoder.com.ar
http://cdi.mecon.gov.ar/doc/cepal/libros/89.pdf
http://cdi.mecon.gov.ar/doc/uca/valsoc/66.pdf
http://cdi.mecon.gov.ar/doc/obsoc/14.pdf
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1012735
http://www.universia.com.ar/materia/materia.jsp?materia=25578
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