miércoles, 20 de febrero de 2008

Acceso a la sangre

Este artículo ha sido motivado por el relato, separado en el tiempo, de dos personas cercanas. Sus vivencias coincidieron en que un familiar de ambas debía ser operado para lo que iba a necesitar una transfusión de sangre. Otra coincidencia: ambos pertenecían al grupo cero negativo, particularmente difícil de conseguir. Por último, los médicos dijeron a ambas familias que dichas operaciones no serían realizadas hasta que consiguiesen dadores del grupo sanguíneo en cuestión. Estas circunstancias me hicieron reflexionar acerca de si estos casos son aislados o representan una generalidad determinada por la situación de escasez de ese factor sanguíneo y la manipulación de los doctores frente a una situación de necesidad del paciente.
Esta claro que la donación altruista de sangre es algo muy difícil de lograr. Generalmente la gente se acerca a donar cuando el que necesita esa sangre es un familiar o amigo y en muy extrañas ocasiones lo hace para un desconocido. En 2005, la estadística muestra que solo 8% donó voluntariamente mientras que el 92% restante lo hizo por tratarse de un allegado. Supongo que esta debe ser la causa por la cuál los profesionales del arte de curar intentan persuadir, por cualquier medio, a los familiares de obtener las bolsas antes de la operación ya que una vez realizada la misma, la convocatoria para reponer las unidades utilizadas no suele ser tan popular como aquella que se da previamente.
De cualquier manera, el fin no justifica los medios. Los médicos no pueden chantajear a familiares desesperados con la amenaza de no operar si no hay sangre. No solo por una obligación moral sino por una obligación legal. El cirujano o médico así como la clínica u hospital dónde trabaje tiene la responsabilidad jurídicamente impuesta de hacer todo lo posible por salvar la vida de su paciente. Se encuentra en posición de garante del valor vida y no puede especular con que la familia de una persona que debe ser operado reúna todas las bolsas de sangre necesarias para la operación. En mi opinión, quizás un poco dura, si no actúa y el paciente muere por su inacción estaríamos ante un caso de lo que en doctrina penal se conoce como omisión impropia que tiene eco en el Código Penal en la figura de abandono de persona (art. 106 y sig. C.P.). El cirujano en cuestión se convertiría en sujeto activo del delito debido a que no actúa positivamente para evitar el resultado.
Según entiendo, la clínica debería hacer todo lo posible para procurarse la sangre de centros de hemoterapia u otros establecimientos dentro de la órbita del Plan Nacional de Sangre cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud.

Otra mala costumbre esta dada por presionar argumentando que la sangre no repuesta será cobrada en dinero.
La ley 22990 (ley de sangre) en su art. tercero estipula que las autoridades deben garantizar el acceso a la sangre así como la formación de reservas, la preservación de la salud de los donantes y la protección de los receptores. Existen normas complementarias que también aseguran el abastecimiento de sangre a todos los habitantes del país. La primera, es la Resolución 856/2000 del Ministerio de Salud que introduce a la Dirección Nacional de Fiscalización Sanitaria como organismo rector del Sistema Nacional de Sangre y como controladora de que se cumpla el derecho de acceso a la sangre de todas las personas lo más rápido posible. Las autoridades sanitarias jurisdiccionales podrán celebrar convenios con Centros de Hemoterapia y Bancos de sangre a fin de asegurar el abastecimiento.
La segunda Resolución 1073/2001 del Ministerio de Salud estipula que ningún organismo perteneciente al Sistema Nacional de Sangre puede cobrarle al receptor por la sangre recibida. La obligación de reponer la sangre es moral y solidaria conf. art. 53 ley de sangre.
Una buena alternativa para aquellos que tienen grupos raros o escasos, es la autorreserva de sangre, la cuál consiste en que se le extraiga sangre a la persona y esta sea guardada y conservada en un Banco de sangre para que le sea transfundida en caso de necesidad. La ley recepta que esta operación tendrá un costo pero la nueva reglamentación no da pautas sobre el mismo.
Otra posibilidad esta dada por el Seguro de Sangre Solidario. Las personas que donan tres veces el mismo año pueden obtener un carnet de seguro de sangre que les sirve para obtener prioridad en caso de necesitar una transfusión.
Por último es importante sembrar conciencia de la importancia de la donación ya que de esta manera se podrían contar con reservas y se evitarían situaciones angustiantes para quienes ante una emergencia se ven envueltos en la odisea de conseguir sangre, fuente de vida.


CF

Links relacionados

Redes de salud: www.buenosaires.gov.ar/salud
Fundación Favaloro: www.fundacionfavaloro.org
Cadas: www.cadasgarrahan.com.ar
Plan Nacional de Sangre: www.msal.gov.ar
Fundaleu: www.fundaleu.org

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