martes, 6 de julio de 2010

Modelo de demanda por cobro de expensas

La asesoría legal a Consorcios es una nueva veta del incomparable Dr. Aureleano Buendia. A continuación presenta una demanda por cobro de expensas contra un propietario moroso.

INICIA DEMANDA POR COBRO DE EXPENSAS.
Señor Juez:

CAMILA CANEGATO, en representación del Consorcio de Copropietarios Macondo 60, con domicilio real en la calle San Juan, 10o piso "Z", Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio legal de manera conjunta con mi letrado patrocinante, Dr. AURELEANO BUENDIA, abogado, en la calle Misiones 393 de esta Ciudad, a V.S. respetuosamente me presento y digo:

I. PERSONERIA.
Tal como surge de la copia del acta de asamblea que se acompaña al presente, la cuál declaro es fiel a su original y se encuentra vigente, soy Administradora del Consorcio de Propietarios Calle Macondo 60, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

II. OBJETO.
Que vengo a promover juicio ejecutivo por cobro de expensas comunes contra el Sr. Esteban Carreño, domiciliado en la calle Macondo 60, unidad 41, piso 2, de esta Ciudad, por la suma de $ 25.453,37 reajustada, con más intereses y costas, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 524 CPCCN.
Formulo reserva de ampliar la presente ejecución a medida que vayan venciendo nuevos plazos de la obligación del demandado.

III. HECHOS.
El demandado es propietario de la Unidad Funcional No 41 que se encuentra sometida al régimen de Propiedad Horizontal conf. Ley 13.512.
De conformidad con lo estipulado en el artículo décimo del Reglamento de Copropiedad y Administración, cuya copia se acompaña, el copropietario que no cumpla con el pago de las expensas entre el 1 y 5 de cada mes quedará incurso en mora de pleno derecho sin necesidad de que medie interpelación alguna y abonará un interés punitorio del 5% mensual.
"Tratándose de expensas comunes, no es admisible hacer jugar, en materia de intereses, idénticos principios a los que regulan el tema en otro tipo de créditos, ya que las elevadas tasas que se admiten en concepto de intereses punitorios por mora en el pago de las expensas comunes constituye un necesario estímulo para el pago puntual y exacto de aquellas, por la vital función que cumplen en el régimen de propiedad horizontal, estímulo que pesa igual sobre todos los consorcistas, que son los potenciales deudores o acreedores, y tiende a que la actitud morosa de algún propietario no perjudique injustamente a los restantes".
CNEsp. Civ. y Com; Sala II, 25/2/80, LL 1981-A-563.
La unidad mencionada supra adeuda expensas comunes desde abril 2006 hasta la fecha.
En atención a que las gestiones extrajudiciales tendientes al cobro de la deuda fueron infructuosas me he visto obligada a recurrir por esta vía.
IV. PRUEBA.
Documental:
CD 04754463 7.
Informe de titularidad de dominio de la unidad 41, 2o "D".
Certificado de deuda de las unidad objeto de la litis.
Copia certificada de Escritura que designa a la suscripta como Administradora del Consorcio.
Copia del Reglamento de Copropiedad.

V. DERECHO.
Fundo la presente acción en el art. 524 CPCCN y en los art 8 y 17 Ley 13.512, jurisprudencia y doctrina aplicables al caso.

VI. SOLICITA EMBARGO.
A fin de asegurar el cobro del capital reclamado con más lo que V.S. presupueste para intereses y costas, solicito que se ordene trabar embargo preventivo sobre el inmueble sito en la calle Macondo 60, unidad 41, piso 2, Nomenclatura catastral C I, S 7, M 48, P 45 mediante oficio de estilo.

VII. AUTORIZACIONES.
Se encuentran autorizados a tomar vista de las actuaciones, diligenciar Cédulas, Oficios, Testimonios, extraer copias y realizar todo tipo de acto tendiente a la compulsa de los presentes obrados los Dres. Julio Barraza y/o Emiliano Rey y/o quiénes ellos designen.

VIII. PETITORIO.
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:

a) Me tenga por presentada, por parte y por constituído el domicilio procesal indicado.
b) Se tenga presente la prueba ofrecida.
c) Se ordene el embargo solicitado.
d) Se ordene librar mandamiento de intimación de pago y citación de remate, facultando al oficial de justicia a allanar domicilios y requerir el auxilio de la fuerza pública.
e) Se tenga presente la reserva de ampliar la presente ejecución a medida que los plazos vayan venciendo.
f) Se tengan presentes las autorizaciones conferidas.
g) Oportunamente se dicte sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago al acreedor del capital reclamado con más sus intereses y costas.

Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA